CUERPOS DE
FUNCIONARIOS AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Los Cuerpos Generales al servicio de la Administración
de Justicia son: el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, el Cuerpo de
Tramitación Procesal y Administrativa y el Cuerpo de Auxilio Judicial. Todos
ellos son funcionarios de carrera, y están vinculados a la Administración de
Justicia en virtud de nombramiento legal, por una relación estatutaria de
carácter permanente, para el desempeño de servicios retribuidos.
El acceso a dichos cuerpos se realiza por oposición,
que será el sistema ordinario, y excepcionalmente por concurso oposición (sistema
mediante el cual una vez superada la fase de oposición se valoran los méritos
de aquellos que hayan prestado sus servicios como interinos). Además para los
cuerpos de Tramitación y de Gestión se reservan la mitad de las plazas que se oferten
para promoción interna, de tal manera que la mitad de las plazas de Gestión se
cubren por promoción interna entre funcionarios de Tramitación con más de dos
años de servicios efectivos en dicho cuerpo y la mitad de las de Tramitación se
cubren por funcionarios de Auxilio que acrediten igualmente dos años de
servicio.
Dichos procesos selectivos se
convocarán y resolverán por el Ministerio de Justicia en una única oferta de
empleo público anual (esto es así según la Ley aunque luego no se cumple todos
los años) y se realizarán, de forma territorializada en los distintos ámbitos
en los que se hayan agrupado las vacantes, de tal manera que el destino que se
obtenga deberá ser en el ámbito territorial por el cual se haya participado.
Las convocatorias y sus bases serán únicas para cada cuerpo independientemente ámbito
territorial elegido.
·
Nacionalidad: Ser español.
·
Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación
forzosa.
·
Titulación: poseer la titulación de graduado en E.S.O o equivalente para el Cuerpo de
Auxilio, Bachillerato o equivalente para Tramitación y Diplomatura o tres cursos
de la Licenciatura de Derecho para Gestión.
·
Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica
incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
·
Habilitación:
o
No haber sido condenado por delito doloso a penas privativas de libertad
mayores de tres años, a menos que se hubiera obtenido la cancelación de
antecedentes penales o la rehabilitación.
o
No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el
desempeño de funciones públicas, salvo que hubiera sido debidamente
rehabilitado, ni pertenecer al mismo Cuerpo a cuyas pruebas selectivas se
presenten.
En cuanto a los
temarios que rigen los procesos selectivos se pueden consultar en
la Orden JUS/1295/2010, de 5 de mayo (BOE de 19 de mayo) El contenido del
temario para todos los ejercicios de la oposición se ajustará a la normativa
publicada en el «Boletín Oficial del Estado» a la fecha de la convocatoria ( http://www.boe.es/boe/dias/2010/05/19/pdfs/BOE-A-2010-8041.pdf
). Hay que tener en cuenta sin embargo que los temarios y las Bases que rigen
los procesos pueden modificarse, y de hecho casi siempre se modifican, en cada
convocatoria.
CUERPO DE
AUXILIO
Funciones: Corresponde al Cuerpo de Auxilio Judicial con carácter general
bajo el principio de jerarquía y de acuerdo con lo establecido en las
Relaciones de Puestos de Trabajo, la realización de cuantas tareas tengan
carácter de auxilio a la actividad de los órganos judiciales. Asimismo y, entre
otras, les corresponderá:
·
La práctica de los actos de comunicación que consistan en notificaciones,
citaciones, emplazamientos y requerimientos en la forma prevista en las leyes
procesales, a cuyo efecto ostentarán capacidad de certificación, y dispondrá de
las credenciales necesarias.
·
Como agentes de la autoridad, procederán a la ejecución de embargos,
lanzamientos y demás actos cuya naturaleza lo requiera, con el carácter y
representación que les atribuyan las leyes.
·
Actuar como Policía Judicial con el carácter de Agente de la Autoridad, sin
perjuicio de las funciones que, en la averiguación de los delitos y en el
descubrimiento y aseguramiento de los delincuentes, competen a los miembros de
las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
·
Realizarán funciones de archivo de autos y expedientes judiciales.
·
Velar por las condiciones de uso de las Salas de Vistas y mantener el orden
en las mismas.
·
Comprobar que los medios técnicos necesarios para el proceso judicial se
encuentren en condiciones de utilización, requiriendo, en su caso, la presencia
de los servicios técnicos que corresponda, para permitir el adecuado
funcionamiento de dichos dispositivos, poniendo en conocimiento del Secretario
Judicial las anomalías detectadas que pudiera impedir la celebración de actos
procesales.
·
El desempeño de aquellas jefaturas que en las Relaciones de Puestos de
Trabajo de la Oficina Judicial estén asignadas a este Cuerpo, en la forma y
condiciones que en las mismas se establezcan.
·
La posibilidad de ocupar puestos de las Unidades Administrativas, siempre
que reunan los requisitos y conocimientos exigidos para su desempeño en las
Relaciones de Puestos de Trabajo de las mismas.
·
La realización de todas aquellas funciones que legal o reglamentariamente
se establezcan y de cualesquiera otras funciones de naturaleza análoga a todas
las anteriores que inherentes al puesto de trabajo que se desempeñe, sean
encomendadas por los superiores jerárquicos, orgánicos o funcionales, en el
ejercicio de sus competencias.
Pruebas selectivas: Los ejercicios obligatorios de la
fase de oposición son:
·
Primero. Test de 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas de
conocimientos de las materias del programa.
·
Segundo. Test de 50 preguntas con cuatro respuestas alternativas referidas
a dos casos prácticos relativos a diligencias judiciales.
Hay,
además, pruebas optativas, no eliminatorias, para evaluar el conocimiento de la
lengua oficial propia distinta del castellano o el derecho civil especial común
o foral de las comunidades autónomas que lo tengan.
CUERPO DE TRAMITACIÓN
Funciones: Corresponde con carácter general
al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, la realización de cuantas
actividades tengan carácter de apoyo a la Gestión Procesal, según el nivel de
especialización del puesto desempeñado, bajo el principio de jerarquía y de
conformidad con lo establecido en las Relaciones de Puestos de Trabajo.
Sin perjuicio de las
funciones concretas del puesto de trabajo que desempeñen, les corresponde:
·
La tramitación general de los procedimientos, mediante el empleo de los
medios mecánicos u ofimáticos que corresponda, para lo cual confeccionarán
cuantos documentos, actas, diligencias, notificaciones y otros le sean
encomendados, así como copias de documentos y unión de los mismos a los
expedientes.
·
Registro y clasificación de la correspondencia.
·
Formación de autos y expedientes, bajo la supervisión del superior
jerárquico.
·
Confección de las cédulas pertinentes para la práctica de los actos de
comunicación que hubieran de realizarse.
·
El desempeño de aquellas jefaturas que en las Relaciones de Puestos de
Trabajo de la Oficina Judicial estén asignadas a este Cuerpo, en la forma y
condiciones que en las mismas se establezcan.
·
La posibilidad de ocupar puestos de las Unidades Administrativas, siempre
que se reunan los requisitos y conocimientos necesarios exigidos para su
desempeño en las Relaciones de Puestos de Trabajos de las mismas.
·
La realización de todas aquellas funciones que legal o reglamentariamente
se establezcan y de cualesquiera otras funciones de naturaleza análoga a las
anteriores que, inherentes al puesto de trabajo que se desempeñe, sean
encomendadas por los superiores jerárquicos, orgánicos o funcionales, en el
ejercicio de sus competencias.
También podrán ocupar
puestos de las unidades administrativas, siempre que reúnan los requisitos y
conocimientos necesarios exigidos para su desempeño en las Relaciones de Puestos
de Trabajo de las mismas.
Pruebas selectivas: Los ejercicios obligatorios de la
fase de oposición son:
·
Primero. Test de 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas de conocimientos
de las materias del programa.
·
Segundo. Consistirá en contestar 20 preguntas tipo-test referidas a un caso
práctico que planteará el Tribunal. La duración de la prueba será de 30 minutos
y se calificará de cero a cuarenta puntos, a razón de dos puntos por pregunta
acertada. Las preguntas no acertadas descontarán 0,50 puntos, y las no
contestadas descontarán 0,25 puntos. Para superar la prueba se precisará un
mínimo de 20 puntos.
·
Tercero. Consistirá en reproducir en ordenador/procesador de textos un texto en
Microsoft Word con los requerimientos de presentación que el Tribunal
determine. La duración de la segunda prueba será de 15 minutos y se puntuará
entre cero y sesenta puntos. Se valorará la velocidad y el formato así como la
ausencia de errores u omisión de texto, pudiendo el Tribunal establecer
puntuaciones mínimas en cada aspecto para superar la prueba, según baremo que
hará público el Tribunal.
Hay, además, pruebas
optativas, no eliminatorias, para evaluar el conocimiento de la lengua oficial
propia distinta del castellano o el derecho civil especial común o foral de las
comunidades autónomas que lo tengan.
RECOMENDACIONES
Quien pretenda
preparar las oposiciones a cualquiera de los Cuerpos anteriores debe tener en
cuenta una serie de circunstancias:
· Si bien los temarios
no son muy extensos, ello no implica que la superación del proceso selectivo
sea fácil, ya que la dificultad proviene del número y preparación de los
opositores: hay al menos 100 instancias para cada plaza y muchas personas con
la licenciatura de derecho.
· Hay que disponer al
menos de dos o tres horas diarias para el estudio y una vez que se convoquen
las oposiciones hay que ampliarlas al menos a seis o siete horas.
· La preparación para
acudir a las pruebas con posibilidades debe ser al menos de un año; hay
opositores que aprueban con menos tiempo pero se trata normalmente de personas
con la licenciatura de derecho y que le dedican muchas horas diarias.
· Si no se tienen
conocimientos previos de derecho es bastante difícil prepararse sin ayuda de un
preparador o academia.
A pesar de todo lo anterior; para los que tenéis vocación de servicio público
e interés por conocer el funcionamiento de las instituciones y buscáis estabilidad
económica y un cierto “prestigio” social; este puede ser el camino que os lleve
a todo ello. Por tanto os animo a que, si realmente os atrae este mundo; os preparéis
las oposiciones poniendo en ello todo vuestro esfuerzo e interés y teniendo en
cuenta que, pese a que otras personas en principio partan con ventaja por su
preparación académica o profesional, las plazas las consiguen aquellos que más
las persiguen.
Hola Paco,
ResponderEliminarEn el segundo párrafo has puesto: "El acceso a dichos cuerpos se realiza por concurso, que será el sistema ordinario, y excepcionalmente por concurso oposición ..."
¿No es el sistema ordinario el de oposición, según el artículo 484 de la LOPJ?:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo6-1985.l6t2.html#a484
Por lo demás, me ha gustado mucho esta publicación.
Muchas gracias,
Un saludo
Gracias Oliver por por advertir el error, ya lo corrijo
EliminarHola,
ResponderEliminarsoy Jessica y soy nueva en esto de las oposciones.Me acabo de apuntar a la academia Jurispericia aqui en Madrid, la duda que tengo es respecto al temario, el de la academia me vale 70 euros y he visto que hay otras editoriales mas baratas, entonces al andar perdida no se si es mejor el de la academia o hacerme con otro diferente.Alguien ha estudiado o estudia con este temario? agradeceria todo lo que me pudierais aportar.
Gracias de antemano
Hola Jessica, si vas a asistir a las clases de jurispericia lo mejor es que lo hagas con sus manuales, ya que aunque el temario sea el mismo varían mucho los libros en las distintas academias. Si quieres complementar el estudio de la academia con algo más, visita www.mipreparador.es
ResponderEliminarHola Paco, soy María. tengo la licenciatura en derecho pero hace muchos años que estoy desvinculada del mundo jurídico.Sin embargo, he decidido prepararme a las oposiciones de auxilio judicial que me han dicho que se van a convocar para este año. Voy a ir a la Academia Campus. Es una buena academia? Crees que tendría posibilidades de aprobarla en un año
ResponderEliminarHola María, no conozco la Academia que mencionas, pero si tienes conocimientos jurídicos apúntate un mes de prueba y tu misma veras si es buena. Lo que si te recomiendo es que te prepares Tramitación, ya que el temario es solamente un poco más amplio (cuatro o cinco temas), y luego te presentes a los dos cuerpos (auxilio y tramitación). En un año se puede aprobar perfectamente siempre que te tomes el estudio como si se tratase de un trabajo: te pones un horario para estudiar de al menos cuatro o cinco horas, vas a tu academia y dentro de ese horario te olvidas de todo lo demás (familia, amigos, fiestas, etc...).
ResponderEliminarSaludos y ánimo.